Una ruta pasa por una propiedad privada

¿Qué hacer si una ruta publicada en Wikiloc pasa por mi propiedad o considero que vulnera mis derechos?

Wikiloc es un prestador de servicios de intermediación (ISP), conforme a lo previsto en la Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (en adelante, “LSSI”). Ello es así porque Wikiloc se limita a facilitar a los usuarios un servicio por el que pueden alojar y acceder a las rutas, pero no edita, examina, controla, garantiza, selecciona, aprueba ni se identifica con las mismas. 

Como tal, Wikiloc no tiene un deber general de supervisión de las rutas y está sujeto al régimen de exención de responsabilidad previsto en el artículo 16 de la LSSI, en virtud del cual Wikiloc no es responsable en tanto que no tenga conocimiento efectivo de que la actividad o información almacenada es ilícita o lesiona bienes o derechos de un tercero y, si tiene conocimiento efectivo, en la medida que actúe con la diligencia debida para retirar los datos.

Tal y como señala el artículo 16 de la LSSI, se entiende que existe un conocimiento efectivo, cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y conociera la correspondiente resolución.

Con carácter adicional, se debe tener en cuenta que, en las reclamaciones que se plantean a Wikiloc a causa de las rutas, la peculiaridad reside en la dificultad de determinar la ilicitud o infracción de derechos de terceros de las rutas publicadas. Así, hay que verificar el título de propiedad y puede haber muchas circunstancias fuera del alcance de Wikiloc que afecten a la procedencia de la reclamación, como por ejemplo, la existencia de caminos públicos, servidumbres o derechos de paso. Por ello, en estos supuestos en los que puede haber tantas dudas sobre la base de la reclamación, en principio, es necesaria la declaración o resolución citada en el párrafo anterior que para que haya conocimiento efectivo por parte de Wikiloc.

Igualmente, para identificar a los autores de la ruta, por la normativa de protección de datos, es necesario que haya un requerimiento de un organismo judicial o que sea otro de los supuestos previstos legalmente. 

Sin perjuicio de lo anterior, en nuestra experiencia, para resolver un problema en relación con una ruta, la forma más rápida y eficaz es ponerse en contacto a través de mensaje privado con el autor de la ruta y exponer los argumentos pertinentes, solicitando que elimine la ruta en cuestión. Del mismo modo, otra opción es poner un comentario en la ruta indicando el problema, lo cual tiene también un efecto informativo para otros usuarios que estén interesados en hacer la ruta y que pueden no tener esta información. En la mayoría de los casos, no hay mala intención y se recibe una respuesta positiva y una acción rápida.

Es importante tener en cuenta que lo más probable es que la ruta haya sido publicada en otros portales (Strava, Garmin, Suunto, Endomondo, Runkeeper, etc), por lo que informar a los futuros usuarios es una muy buena opción para resolver el problema.

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